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REQUISITOS FEDERALES Y ESTATALES | |
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La categoría de elegibilidad de “infancia temprana no categórica”
ya no debe usarse por cualquier distrito
escolar empezando en el año escolar 2025-2026. Cualquier niño elegible que empieza
el año escolar 2025-2026 ya identificado con la elegibilidad de “infancia temprana
no categórica” puede mantener esta categoría de elegibilidad, si es determinada
apropiada por el comité de ARD del niño, hasta la requerida reevaluación antes
de seis años de edad. |
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FEDERAL AND STATE REQUIREMENTS |
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La agencia de educación local debe cumplir con PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN.
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En Texas, el grupo de profesionales calificados que determina si el niño es un niño con una discapacidad y las necesidades educativas del niño es el COMITÉ DE ADMISIÓN, REPASO, Y RETIRO del niño.
Citas:
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El grupo de profesionales calificados que recopila o repasa datos de evaluación en conexión con la determinación de la elegibilidad del niño basado en no categórica debe incluir los miembros aplicables para DISCAPACIDAD INTELECTUAL, TRASTORNO EMOCIONAL, DISCAPACIDAD ESPECÍFICA DE APRENDIZAJE, o AUTISMO.
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Los datos de evaluación revisados por el grupo de profesionales calificados en relación con la determinación de la discapacidad del niño basado en no categórica debe cumplir con los procedimientos de evaluación aplicables de SORDO O DIFICULTAD AUDITIVA y DISCAPACIDAD VISUAL.
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