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AGES 0-5

 

 

EDADES 0-5

Authorities: 20 USC §1436; 34 CFR Parts 300 and 303; Texas Education Code; Texas Government Code, 19 TAC Chapter 89

 
 
 
  REQUISITOS FEDERALES Y ESTATALES
La agencia de educación local (LEA) cumplirá con las estructuras de BUSCAR AL NIÑO.
La LEA debe desarrollar un sistema para notificar a la población en la LEA con niños que tienen por lo menos tres años de edad pero menores de seis años de edad y que son elegibles para matricularse en un programa de educación especial de la disponibilidad del programa. Citas:
 
GAMAS DE EDAD PARA ELEGIBILIDAD
La LEA asegurará que una educación pública gratis apropiada (FAPE) está disponible a todos los niños elegibles con discapacidades de las edades de 3 a 21. Citas:
La LEA asegurará que FAPE está disponible desde nacimiento a niños con discapacidades visuales, o quienes son sordos o con problemas de audición; y cumplir con: Citas:
 
INFANCIA TEMPRANA NO CATEGÓRICA
El niño entre las edades de tres hasta cinco puede ser descrito como elegible para servicios de educación especial basado en la estructura de INFANCIA TEMPRANA NO CATEGÓRICA si los criterios de elegibilidad se satisfacen para una discapacidad intelectual, un trastorno emocional, una discapacidad de aprendizaje específico, o autismo. Citas:
 
PLAN INDIVIDUALIZADO DE SERVICIO DE FAMILIA (IFSP)

Para el niño desde nacimiento hasta dos años de edad con una DISCAPACIDAD VISUAL o quien es SORDO O DISCAPACIDAD AUDITIVA, una junta de IFSP se llevará a cabo en lugar de una junta del comité de admisión, repaso, y retiro (ARD por sus siglas en inglés). Para estudiantes de tres años de edad o mayores, distritos escolares desarrollarán un programa de educación individualizado (IEP por sus siglas en inglés).

Citas:
IFSP tiene el significado dado al término en La Ley de Educación para Individuos con Discapacidades Parte C (IDEA Parte C). Citas:
La LEA asegurará que el IFSP contenga: Citas:
  • Una declaración de los niveles actuales de desarrollo físico del bebé o niño incluyendo visión, audición, y status de salud, desarrollo cognitivo, desarrollo de comunicación, desarrollo social o emocional, y desarrollo adaptativo basado en la información de la evaluación y exámenes de ese niño;
Citas:
  • Con la concurrencia de la familia, una declaración de los recursos de la familia, prioridades, y preocupaciones relacionadas con aumentar el desarrollo del niño como se identificó por medio de la evaluación de la familia;
Citas:
  • Una declaración de los resultados mensurables o efectos mensurables esperados que se lograrán para el niño incluyendo destrezas de prealfabetización y de lenguaje apropiadas de desarrollo del niño y la familia, y los criterios, procedimientos, y los plazos utilizados para determinar:
Citas:
    • El grado en que se avanza hacia el logro de resultados o efectos identificados en el IFSP están siendo hechos; y
Citas:
    • Si modificaciones o revisiones de los resultados o efectos esperados, o servicios de intervención temprana son necesarias;
Citas:
  • Una declaración de los servicios específicos de intervención temprana, basados en investigaciones revisadas por colegas, al grado practicable, que son necesarios para cumplir con las necesidades únicas del niño y la familia para lograr los resultados o efectos identificados en el IFSP, incluyendo:
Citas:
    • Lo largo, duración, frecuencia, intensidad, y método de la administración de servicios de intervención temprana;
Citas:
  • Una declaración que cada servicio de intervención temprana es proporcionado en el ambiente natural para ese niño o servicio al mayor grado apropiado, o una justificación por qué un servicio de intervención temprana no será proporcionado en el ambiente natural incluyendo:
Citas:
    • El lugar de los servicios de intervención temprana; y
Citas:
    • Los arreglos de pago, si los hay;
Citas:
  • Para los niños que tienen por lo menos tres años de edad, un componente educativo que promueve la preparación escolar e incorpora destrezas de prealfabetización, lenguaje, y aritmética;
Citas:
  • La fecha proyectada para el inicio de cada servicio de intervención temprana en el IFSP que será lo más pronto posible después que el padre dé su consentimiento al servicio;
Citas:
  •  La duración anticipada de cada servicio;
Citas:
  • El nombre del coordinador de servicio de la profesión más relevante a las necesidades del niño o la familia o quien está calificado de otra manera para llevar a cabo todas las responsabilidades aplicables bajo esta parte, quien será responsable de implementar los servicios de intervención temprana identificados en el IFSP del niño, incluyendo servicios de transición, y coordinación con otras agencias y personas; y
Citas:
  • Las pasos y servicios que se tomarán para apoyar la transición fácil del niño de los servicios de IDEA Parte C a:
Citas:
    • Servicios preescolares bajo la Ley de Educación Para Individuos con Discapacidades Parte B (IDEA Parte B), a la medida que esos servicios sean apropiados; o
Citas:
    • Salida del programa para bebés y niños con discapacidades.
Citas:
A la medida apropiada, el IFSP también: Citas:
  • Identificará servicios médicos y otros servicios que el niño o la familia necesita o está recibiendo por medio de otras fuentes, pero que no se requieren ni son financiados bajo esta parte; y
Citas:
  • Si esos servicios no están siendo proporcionados actualmente, incluirá una descripción de los pasos que el coordinador de servicios o la familia pueden tomar para asistir al niño y a la familia a asegurar esos otros servicios.
Citas:
La determinación del ámbito apropiado para proporcionar servicios de intervención temprana para el bebé o niño con una discapacidad, incluyendo cualquier justificación para no proporcionar un servicio particular de intervención temprana en el ambiente natural para ese bebé o niño con una discapacidad y servicio, será: Citas:
  • Hecho por el equipo de IFSP que incluye al padre y otros miembros del equipo;
Citas:
  • Consistente con las provisiones de la IDEA Parte C acerca de ambientes naturales; y
Citas:
  • Basado en los resultados del niño que son identificados por el equipo del IFSP.
Citas:
El arreglo de instrucción para niños desde nacimiento hasta la edad de dos años con discapacidades visuales y/o que son sordos o tienen discapacidades auditivas será determinado de acuerdo con el IFSP, pautas de asistencia actuales, y el memorándum de acuerdo entre la Agencia de Educación de Texas y la Comisión de Salud y Servicios Humanos (HHSC). Citas:
La instrucción en casa puede ser utilizada para servicios a bebés y niños, desde nacimiento hasta dos años de edad, cuando se determina apropiada por el comité de IFSP del niño. Citas:
 
TRANSICIÓN DE PROGRAMAS PREESCOLARES DE LA IDEA PARTE C A LA IDEA PARTE B
El estado tendrá en efecto políticas y procedimientos para asegurar que niños que participan en programas de Intervención de Infancia Temprana asistidos bajo la IDEA Parte C, y que participarán en programas preescolares asistidos bajo la IDEA Parte B, experimenten una transición fácil y efectiva a esos programas preescolares. Citas:
Para el niño que puede ser elegible para servicios preescolares bajo la IDEA Parte B, HHSC será: Citas:
  • No menos de 90 días antes del tercer cumpleaños de un niño con una discapacidad, notificar a la LEA del área en la cual el niño reside, que el niño pronto llegará a la edad de elegibilidad para servicios bajo IDEA Parte B a menos que el padre haya optado no hacer la divulgación por escrito;
Citas:
  • En el caso del niño que es determinado ser elegible para servicios de IDEA Parte C más de 45 días pero menos de 90 días antes del tercer cumpleaños del niño, lo más pronto posible después de determinar la elegibilidad del niño, notificar a la LEA del área en la cual el niño con una discapacidad reside que el niño llegará a la edad de elegibilidad para servicios bajo IDEA Parte B, a menos que el padre haya optado no hacer la divulgación por escrito; o
Citas:
  • En el caso de un niño que es referido para servicios de IDEA Parte C menos de 45 días antes del tercer cumpleaños del niño, con consentimiento paternal, referir al niño a la LEA del área en la cual el niño reside; pero, no se requiere al HHSC conducir una junta de evaluación, asesoramiento, o un IFSP inicial bajo estas circunstancias.
Citas:
La notificación del HHSC será consistente con cualquier política que el estado ha adoptado acerca de la confidencialidad de información personalmente identificable y expedientes de intervención temprana permitiendo al padre oponerse a la divulgación de información personalmente identificable. Citas:
A menos que el padre oportunamente se oponga a la notificación de HHSC, la notificación debe incluir la siguiente información personalmente identificable: Citas:
  • El nombre del niño;
Citas:
  • La fecha de nacimiento del niño; e
Citas:
  • Información de contacto del padre incluyendo los nombres de los padres, direcciones, y números de teléfono.
Citas:
Para el niño que pueda ser elegible para servicios preescolares, HHSC con la aprobación de la familia del niño convocará una conferencia de transición entre HHSC, la familia, y la LEA no menos de 90 días y, a la discreción de todas las partes, a no más de nueve meses antes del tercer cumpleaños del niño para discutir cualquier servicio que el niño pueda recibir bajo IDEA Parte B. Citas:
La LEA participará en las conferencias de transición programadas por la HHSC designada. Citas:
Cualquier conferencia de transición o junta de IFSP para desarrollar el plan de transición, en el cual la conferencia y la junta pueden ser combinadas en una junta, cumplirá los requisitos de la IDEA Parte C acerca de accesibilidad y conveniencia de juntas, consentimiento paternal para servicios, y juntas de IFSP iniciales y anuales. Citas:
En el caso del niño que previamente fue servido bajo la IDEA Parte C, la LEA mandará una invitación a la junta inicial del comité de ARD a petición del padre al coordinador de servicio de IDEA Parte C u otros representantes del sistema de IDEA Parte C para asistir con la transición fácil de servicios según las estructuras de MEMBRESÍA DEL COMITÉ DE ADMISIÓN, REPASO, Y RETIRO y de AVISO PREVIO ESCRITO. Citas:
Para el tercer cumpleaños del niño, la LEA asegurará que un IEP o en algunos casos un IFSP, ha sido desarrollado e implementado para el niño. Citas:
 
IEP
La LEA asegurará que un IEP esté en efecto para los niños elegibles con discapacidades cuando cumplan tres años en cumplimiento con las estructuras de COMITÉ DE ADMISIÓN, REPASO, Y RETIRO. Citas:
Si el tercer cumpleaños del niño ocurre durante el verano, el comité de ARD del niño debe determinar la fecha cuando iniciarán los servicios. Citas:
El comité de ARD cumplirá con la estructura de AMBIENTE MENOS RESTRICTIVO.
La instrucción en casa puede ser usada para los niños pequeños, edades de tres hasta cinco años, cuando es determinada apropiada por el comité de ARD. Citas:
 
MATRÍCULA DUAL
El padre de un niño elegible que tiene tres o cuatro años de edad tiene el derecho a la matrícula dual del niño en ambas escuelas públicas y particulares comenzando en el tercer cumpleaños del niño y continuando hasta el fin del año escolar en el cual el niño cumple cinco años o hasta que el niño es elegible a asistir al programa de kindergarten de la LEA, cualquiera que sea primero. Citas:
Cuando el padre desea matricular doblemente al niño elegible, la LEA debe cumplir con la estructura de NIÑOS EN ESCUELAS PARTICULARES.
  Ultima Vez actualizada : Tue, Apr 04, 2023