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RESTRAINT AND TIME-OUT

 

 

RESTRICCIÓN Y TIEMPO FUERA

Authorities: Texas Education Code; Texas Penal Code; 19 TAC Chapter 89
 
 
 
  REQUISITOS FEDERALES Y ESTATALES

Es la política de este estado tratar con dignidad y respeto a todos los niños, que incluye niños con discapacidades que reciben servicios de educación especial. 

Citas:

Cualquier técnica de manejo de comportamiento y/o práctica de manejo de disciplina debe ser implementada de tal manera para proteger la salud y seguridad de un niño y otros. Ninguna práctica de manejo de disciplina puede ser calculada para causar lesión, causar daño, menospreciar, o privar a un niño de necesidades humanas básicas.

Citas:
 
APLICABILIDAD

Esta estructura aplica a todos los empleados escolares, voluntarios, y contratistas independientes.

Citas:

Esta estructura aplica a un oficial de la fuerza pública solo si el oficial: 

Citas:
  • Es empleado o comisionado por un distrito escolar; o
Citas:
  • Provee, como un oficial de recurso, una presencia regular de policía en el campus de un distrito escolar bajo un memorándum de entendimiento entre el distrito y una agencia local de policía. 
Citas:

Sin embargo, los requisitos de reportar los datos en esta estructura aplican al uso de restricción por cualquier policía que hace sus deberes de policía en la propiedad de la escuela o durante una actividad patrocinada por la escuela o relacionada con la escuela.   

Citas:

Esta estructura no aplica a libertad condicional juvenil, detención, o personal de correcciones; o a un proveedor de servicios educativos con quien el niño ha sido colocado por una autoridad judicial, sólo que los servicios sean proporcionados en un programa educativo de un distrito escolar. 

Citas:
 
TÉCNICAS AVERSIVAS PROHIBIDAS

Técnica Aversiva quiere decir una técnica o intervención que está dirigida para reducir la probabilidad que un comportamiento vuelva a ocurrir al intencionalmente causar en un niño malestar físico significativo o emocional o dolor. El término incluye una técnica o intervención que: 

Citas:
  • Es diseñada para o probablemente para causar dolor físico, además de una intervención o técnica permitida bajo el uso de castigo físico;      
Citas:
  • Es diseñada para o probablemente para causar dolor físico por el uso de choque eléctrico o cualquier procedimiento que involucre el uso de puntos de presión o articulaciones inmovilizadas; 
Citas:
  • Involucra el despido directo de un espray, rociada, o substancia nociva, tóxica, o de otra manera desagradable cerca de la cara del niño;  
Citas:
  • Niega sueño, aire, comida, protección, ropa de cama, comodidad física, supervisión adecuada o acceso a un baño;  
Citas:
  • Ridicula o menosprecia al niño en una manera que negativamente afecta o pone en peligro el aprendizaje o salud mental del niño o constituye abuso verbal; 
Citas:
  • Usa un dispositivo, material, u objeto que simultáneamente inmoviliza todas las cuatro extremidades, que incluye cualquier procedimiento que resulta en tal inmovilización conocida como restricción de piso boca arriba o boca abajo;  
Citas:
  • Altera la respiración del niño, que incluye cualquier procedimiento que involucra:

Citas:
    • aplicar presión al torso o cuello del niño; u

Citas:
    • obstruir la vía respiratoria del niño, que incluye poner un objeto dentro, en, o sobre la boca del niño o nariz o poner una bolsa, cubierta, o máscara sobre la cara del niño;  
Citas:
  • Restringe la circulación del niño;

Citas:
  • Asegura al niño a un objeto estacionado mientras el niño está parado o sentado; 
Citas:
  • Inhibe, reduce, o dificulta la habilidad de comunicar del niño;      
Citas:
  • Involucra el uso de una restricción química;

Citas:
  • Constituye un uso de tiempo fuera que impide al niño poder estar involucrado en y progresar apropiadamente en el plan de estudios requerido y, si es aplicable, hacia las metas anuales incluidas en el plan de educación individualizado del niño (IEP), que incluye aislar al niño por el uso de barreras físicas; o 
Citas:
  • Priva al niño del uso de uno o más de los sentidos del niño, excepto que esta técnica aversiva puede ser usada si la técnica se lleva a cabo en una manera que:   
Citas:
    • No causa al niño malestar o dolor; o 
Citas:
    • Cumple con el IEP del niño o el plan de intervención de comportamiento (BIP).
Citas:

Un distrito escolar o un empleado del distrito escolar o voluntario o un contratista independiente de un distrito escolar no puede aplicar una técnica aversiva, o por autorización, orden, o consentimiento, causar que una técnica aversiva sea aplicada, a un niño.

Citas:
 
CONFINAMIENTO

Un niño con una discapacidad, que recibe servicios de educación especial, no puede ser confinado en una caja cerrada, un closet cerrado, u otro espacio cerrado especialmente designado como una práctica de manejo de disciplina o técnica de manejo de comportamiento. 

Citas:

Esta sección no impide el confinamiento cerrado, no atendido del niño en una situación de emergencia mientras se espera la llegada de la policía si: 

Citas:
  • El confinamiento es necesario para impedir al niño causar daño corporal al niño u otra persona.
Citas:
 
RESTRICCIÓN

Restricción quiere decir el uso de fuerza física o un dispositivo mecánico para significativamente restringir el movimiento libre de todo o porción del cuerpo del niño. 

Citas:

Emergencia quiere decir una situación en que el comportamiento del niño crea una amenaza inminente, seria:

Citas:
  • Daño físico al niño u otros; o
Citas:
  • Destrucción de propiedad.
Citas:

Un empleado escolar, voluntario, o contratista independiente puede usar restricción sólo en una emergencia y con las siguientes limitaciones: 

Citas:
  • Restricción debe ser limitada al uso de tal fuerza razonable como es necesaria para abordar la emergencia; 
Citas:
  • Restricción debe ser descontinuada al punto en que la emergencia ya no existe; 
Citas:
  • Restricción debe ser implementada de tal manera para proteger la salud y seguridad del niño y otros; y 
Citas:
  • Restricción no debe privar al niño de necesidades básicas humanas. 
Citas:

Capacitación de empleados escolares, voluntarios, o contratistas independientes debe ser proporcionada de acuerdo con los siguientes requisitos:  

Citas:
  • Un equipo central de personal en cada campus debe ser capacitado en el uso de restricción, y el equipo debe incluir un administrador de campus o designado y cualquier personal de educación general o especial que probablemente usaría restricción;  
Citas:
  • Personal llamado para usar restricción en una emergencia y que no ha recibido previa capacitación debe recibir capacitación dentro de 30 días escolares después del uso de restricción; 
Citas:
  • Capacitación en el uso de restricción debe incluir prevención y técnicas de reducción y proporcionar alternativas al uso de restricción; y      
Citas:
  • Todo el personal capacitado debe recibir instrucción en prácticas actuales profesionalmente aceptadas y estándares acerca de manejo de comportamiento y el uso de restricción. 
Citas:

Los siguientes requisitos de documentación deben ser llenados en un caso en que se usó restricción por empleados escolares, voluntarios, o contratistas independientes:  

Citas:
  • En el día en que se usa restricción, el administrador del campus o designado debe ser notificado verbalmente o por escrito acerca del uso de restricción; 
Citas:
  • En el día en que se usa restricción, un esfuerzo de buena fe debe ser hecho para verbalmente notificar al padre acerca del uso de restricción; 
Citas:
  • Notificación por escrito del uso de restricción debe ser puesta en el correo o de otra manera proporcionada al padre dentro de un día escolar del uso de restricción; 
Citas:
  • Documentación escrita acerca del uso de restricción debe ser colocada en la carpeta de elegibilidad de educación especial del niño  en  una manera oportuna para que la información esté disponible al comité de admisión, repaso, y retiro (ARD) cuando considera el impacto del comportamiento del niño en el aprendizaje del niño y/o la creación o revisión de un BIP; y 
Citas:
  • Notificación escrita al padre y documentación a la carpeta de elegibilidad de educación especial del niño debe incluir lo siguiente:  
Citas:
    • Nombre del niño;
Citas:
    • Nombre del miembro de personal o miembros del personal que administraron la restricción;
Citas:
    • Fecha de la restricción y el tiempo en que empezó y terminó la restricción; 
Citas:
    • Lugar de la restricción;
Citas:
    • Naturaleza de la restricción;
Citas:
    • Una descripción de la actividad en que el niño estaba involucrado inmediatamente antes del uso de restricción;
Citas:
    • El comportamiento que provocó la restricción;
Citas:
    • Los esfuerzos que se hicieron para reducir la intensidad de la situación y alternativas a la restricción que fueron atentadas; 
Citas:
    • Información que documenta contacto paternal y notificación; y
Citas:
  • Uno de los siguientes:
Citas:

·         Si el niño tiene un BIP, puede necesitar ser revisado como resultado del comportamiento que causó la restricción y, si es así, identificar al miembro del personal responsable de programar una reunión del comité de ARD para discutir revisiones potenciales; o 

Citas:

·         Si el niño no tiene un BIP, información acerca del procedimiento para el padre del niño o persona que representa al padre en relación paternal al niño pedir una reunión del comité de ARD para discutir la posibilidad de hacer una evaluación de comportamiento funcional del niño y desarrollar un plan para el niño.

Citas:

Para niños sin hogar o en cuidado sustituto, la agencia de educación local debe también proporcionar aviso a la persona que hace decisiones educativas del niño y su trabajador social acerca de reportes de restricción.  

Citas:
Restricción no incluye el uso de: Citas:
  • Contacto físico o equipo adaptivo apropiadamente prescrito para promover posición corporal normativa y/o función física;   
Citas:
  • Contacto físico limitado con un niño para promover seguridad (por ejemplo, sosteniendo la mano de un niño) prevenir una acción potencialmente dañina (por ejemplo, correr a la calle) enseñar una destreza, o proporcionar comodidad; 
Citas:
  • Contacto físico limitado o equipo adaptivo apropiadamente prescrito para prevenir a un niño de involucrarse en comportamientos continuos, repetitivos autolesivos, con la expectativa que la instrucción será reflejada en el IEP para promover aprendizaje del niño y reducir y/o prevenir la necesidad de intervención continua; o  
Citas:
  • Cinturones de seguridad y otro equipo de seguridad que se usa para asegurar a niños durante el transporte.
Citas:

Datos cumulativos acerca del uso de restricción por empleados escolares, voluntarios, contratistas independientes, y por policías deben ser electrónicamente reportados por medio del Sistema del Manejo de Información Pública de Educación. 

Citas:
 
TIEMPO FUERA

Tiempo fuera quiere decir una técnica de manejo de comportamiento que, para proporcionar a un niño con la oportunidad de recuperar auto control, el niño es separado de otros niños por un periodo limitado en un ámbito:

Citas:
  • Que no está cerrado; y
Citas:
  • Que la salida no está físicamente bloqueada por muebles, una puerta cerrada mantenida cerrada por fuera, u otro objeto inanimado.  
Citas:

Un empleado escolar, voluntario, o contratista independiente puede usar tiempo fuera con las siguientes limitaciones:

Citas:
  • Fuerza física o amenaza de fuerza física no debe usarse para colocar un niño en tiempo fuera; 
Citas:
  • Tiempo fuera debe únicamente usarse junto con una serie de estrategias positivas de intervención de comportamiento y técnicas y deben ser incluidas en el IEP del niño y/o BIP si es utilizado en una base recurrente para aumentar o disminuir un comportamiento deseado; y 
Citas:
  • Uso de tiempo fuera no debe ser implementado en una manera que impide la habilidad del niño de involucrarse en y progresar en el plan de estudios general y avanzar apropiadamente hacia obtener las metas anuales especificadas en el IEP del niño.
Citas:

Capacitación para empleados escolares, voluntarios, o contratistas independientes debe ser proporcionada de acuerdo con los siguientes requisitos: 

Citas:
  • Personal general o de educación especial que implementa tiempo fuera basado en requisitos establecidos en el IEP del niño y/o BPI debe ser capacitado en el uso de tiempo fuera; 
Citas:
  • Personal nuevamente identificado llamado para implementar tiempo fuera basado en los requisitos establecidos en el IEP del niño y/o BIP debe recibir capacitación en el uso de tiempo fuera dentro de 30 días escolares de ser asignado la responsabilidad de implementar tiempo fuera; 
Citas:
  • Capacitación en el uso de tiempo fuera debe ser proporcionado como parte de un programa que aborda un continuo lleno de estrategias positivas de intervención de comportamiento, y debe abordar el impacto de tiempo fuera en la habilidad de un niño de ser involucrado en y progresar en el plan de estudios general y avanzar apropiadamente hacia obtener las metas anuales especificadas en el IEP del niño; y 
Citas:
  • Todo el personal capacitado debe recibir instrucción en prácticas actuales profesionalmente aceptadas y estándares acerca de manejo de comportamiento y el uso de tiempo fuera. 
Citas:

Documentación necesaria o colección de datos acerca del uso de tiempo fuera, si los hay, deben ser abordados en el IEP o BIP. 

Citas:

Si un niño tiene un BIP, el distrito escolar debe documentar cada uso de tiempo fuera causado por un comportamiento del niño en el BIP del niño, que incluye una descripción del comportamiento que causó el tiempo fuera. 

Citas:

El comité de ARD debe usar cualquier dato  recogido para evaluar la efectividad de la intervención y proporcionar una base para hacer determinaciones acerca de su uso continuo.

Citas:
  Ultima Vez actualizada : Wed, Jan 08, 2025