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PARENT

 

 

PADRE

Authorities: 42 USC §11434a; 34 CFR Parts 99 and 300; Texas Education Code; Texas Family Code; 19 TAC Chapter 89
 
 
 
  REQUISITOS FEDERALES Y ESTATALES
Para un estudiante adulto, la agencia de educación local (LEA) debe cumplir con la estructura de ESTUDIANTE ADULTO Y TRANSFERENCIA DE DERECHOS.
Para un niño que está encarcelado en una institución correccional estatal o local para adultos o menores de edad, la LEA debe cumplir con la estructura de NIÑOS QUE ESTÁN ENCARCELADOS.
La LEA debe cumplir con las estructuras de REGISTROS según sean aplicables.
 
IDENTIFICACIÓN DEL PADRE
Padre significa: Citas:
  • Un padre biológico o adoptivo del niño;
Citas:
Citas:
  • Un tutor, pero no el estado, si el niño está bajo tutela del estado;
Citas:
  • Un individuo que actúa en el lugar de un padre biológico o adoptivo, incluyendo un abuelo, padrastro, u otro pariente, con quien el niño vive, o un individuo que sea legalmente responsable por el bienestar del niño; o
Citas:
  • Un individuo designado para ser un padre sustituto.
Citas:
 
REQUISITOS PARA QUE UN PADRE ADOPTIVO ACTÚE COMO PADRE
Un padre adoptivo puede actuar como un padre de un niño con una discapacidad si los siguientes criterios se cumplen: Citas:
  • El Departamento de Familia y de Servicios de Protección (DFPS) es designado como el conservador administrativo temporal o permanente del niño;
Citas:
  • Los derechos y los deberes del DFPS para hacer decisiones con respecto a la educación proporcionada al niño no han sido limitados por orden judicial;
Citas:
  • El padre adoptivo acuerda participar en tomar decisiones de educación especial en nombre del niño;
Citas:
Citas:
  • El padre adoptivo completa un PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA PADRES ADOPTIVOS Y SUSTITUTOS antes de la próxima reunión programada del comité de admisión, revision, y retiro (ARD) para el niño a no más tardar del día 90 después de la fecha que el padre adoptivo comienza a actuar como el padre con el propósito de hacer decisiones de educación especial.
Citas:
A más tardar del quinto día después de la fecha que el niño con una discapacidad es matriculado en una escuela, el DFPS debe informar a la LEA apropiada si el padre adoptivo del niño no quiere o no puede servir como un padre para los propósitos de esta estructura. Citas:
La LEA debe asegurar que el padre adoptivo ha recibido un PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA PADRES ADOPTIVOS Y SUSTITUTOS que cumple con los requisitos de esta estructura. Citas:
Una vez que un individuo ha completado un PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA PADRES ADOPTIVOS Y SUSTITUTOS, el individuo no debe ser requerido por cualquier LEA a completar capacitación adicional para poder servir como el padre para el niño u otros niños con discapacidades que están en cuidado temporal.
Citas:
Si la LEA niega a un padre adoptivo el derecho de servir como un padre, la LEA debe proporcionar al padre adoptivo con aviso escrito de tal negación dentro de siete días de calendario después de la fecha en cual la decisión fue tomada. El aviso por escrito debe: Citas:
  • Explicar específicamente por qué al padre adoptivo se le ha negado el derecho de servir como padre del niño; e
Citas:
  • Informar al padre adoptivo del derecho de presentar una queja con la Agencia de Educación de Texas (TEA).
Citas:
 
NOMBRAMIENTO DE UN PADRE SUSTITUTO
El nombramiento de un padre sustituto aplica a niños con discapacidades para quienes: Citas:
  • El DFPS es designado como el conservador administrativo temporal o permanente del niño; y
Citas:
  • Los derechos y deberes del DFPS de tomar decisiones con respecto a la educación proporcionada al niño no han sido limitados por orden judicial.
Citas:
La LEA debe hacer esfuerzos razonables para designar a un padre sustituto no más de 30 días después de que se determine que el niño necesita un padre sustituto a menos que el juez que supervisa el cuidado del niño designa al padre sustituto. Citas:
Cuando un padre sustituto no ha sido designado por el juez, la LEA debe designar un padre sustituto si: Citas:
  • La LEA no puede identificar un padre para el niño;
Citas:
  • La LEA no puede, después de esfuerzos razonables, localizar un padre para el niño;
Citas:
  • El padre adoptivo del niño no está dispuesto o no puede servir como un padre para los propósitos de esta estructura;
Citas:
  • El niño no reside en un ambiente de hogar temporal;
Citas:
  • El niño está bajo la tutela del estado; o
Citas:
  • El niño es un joven solo sin hogar.
Citas:
La LEA debe asegurar que la persona designada como un padre sustituto no es: Citas:
  • Un empleado de la TEA;
Citas:
  • Un empleado de alguna otra agencia involucrada en la educación o cuidado del niño; o
Citas:
  • Una persona con cualquier interés en conflicto con el interés del niño a quien el padre sustituto representa.
Citas:
La LEA debe desarrolar e implementar procedimientos para conducir un análisis de si un posible padre sustituto tiene un interés que está en conflicto con los intereses del niño. Temas relacionados con la calidad de cuidado del niño no constituyen un conflicto de interés. Citas:
La LEA puede designar a una persona que ha sido designada para servir como tutor ad litem del niño o como un defensor voluntario certificado por la corte, como el padre sustituto del niño. Citas:
La LEA debe asegurar que un padre sustituto asignado por la LEA: Citas:
  • Está dispuesto a servir en esa capacidad;
Citas:
  • Emplea juicio independiente al seguir los intereses del niño;
Citas:
  • Asegura que no se violan los derechos de debido proceso del niño bajo las leyes aplicables federales y estatales;
Citas:
  • Visita al niño y a la escuela del niño;
Citas:
  • Revisa los registros educativos del niño;
Citas:
  • Consulta con las personas involucradas en la educación del niño, incluyendo maestros, trabajadores sociales, voluntarios designados por la corte, tutores ad litem, abogados ad litem, padres adoptivos, y guardianes;
Citas:
Citas:
Una vez que un individuo ha completado un PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA PADRES ADOPTIVOS Y SUSTITUTOS, el individuo no debe ser requerido por cualquier LEA a completar capacitación adicional para poder servir como el padre sustituto para el niño u otros niños con discapacidades que están en cuidado temporal.
Citas:
 
NIÑOS SIN HOGAR O EN CUIDADO SUSTITUTO
Para niños sin hogar o en cuidado sustituto, la LEA debe también proveer aviso a la persona que toma decisón educativa para el niño y al trabajador social acerca de:
Citas:
  • El nombramiento de un padre sustituto.
Citas:
 
INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DEL PADRE SUSTITUTO DESIGNADO POR LA CORTE
Si la corte designa a un padre sustituto para el niño con una discapacidad, y la LEA determina que el padre sustituto no está desempeñando apropiadamente los deberes nombrados bajo esta estructura, la LEA debe consultar con el DFPS acerca de si otra persona debe ser nombrada para servir como el padre sustituto para el niño. Citas:
 
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA PADRES ADOPTIVOS Y SUSTITUTOS
El programa de capacitacion requerido debe proporcionar a los padres adoptivos y sustitutos con una explicación de las disposiciones de las leyes federales y estatales, reglas y reglamentos relacionados con: Citas:
  • La identificación del niño con una discapacidad como se describe en las estructuras de BUSCAR AL NIÑO;
Citas:
  • Reunir los datos de evaluación y de reevaluación relacionados al niño con una discapacidad como se describe en las estructuras de EVALUACIÓN;
Citas:
  • El desarrollo de un programa de educación individualizado (IEP) y, para el niño que tiene por lo menos 16 años de edad, SERVICIOS DE TRANSICIÓN;
Citas:
Citas:
Citas:
  • Las fuentes con las cuales el padre sustituto puede ponerse en contacto para obtener ayuda para poder entender las disposiciones de las leyes federales y estatales, reglas, y reglamentos relacionadas a niños con discapacidades; y
Citas:
  • Los deberes y responsabilidades de padres sustitutos bajo la ley estatal.
Citas:
El programa de capacitación debe ser proporcionado en la lengua materna u otro modo de comunicación usado por el individuo siendo capacitado. Citas:
Las LEAs pueden proporcionar capacitación opcional continua o suplementaria. Citas:
La capacitación requerida puede ser conducida o proporcionada por: Citas:
  • Un centro de servicio de educación; o
Citas:
  • Cualquier otra entidad que recibe fondos federales para proporcionar capacitación de La Ley de Educación para Individuos con Discapacidades a padres.
Citas:
  Ultima Vez actualizada : Mon, May 16, 2022